martes, 26 de septiembre de 2017

Costumbres mercantiles






Costumbres mercantiles


Conjunto de usos o prácticas que realizan los comerciantes y que cumplen con los requisitos exigidos por las leyes para ser consideradas Derecho consuetudinario y, por ende, fuente del Derecho. La costumbre mercantil es la segunda fuente del derecho mercantil, con la cual se interpreta la voluntad de la costumbre o para suplir el silencio de la ley.

Importancia de la costumbre mercantil


-Constituye un mecanismo ágil para que una practica comercial pueda ser certificada como costumbre mercantil.
-Contribuye a regularizar las practicas realizadas por los comerciantes evitando conflictos futuros.
-Puede llegar a tener la misma autoridad que la ley escrita.

La Costumbre Mercantil tiene la misma fuerza que la Ley Comercial, siempre y cuando ésta no resulte contraria de ninguna manera, y sea uniforme, reiterada y de conocimiento Público según lo establece el Artículo 3º del Código del Comercio. 

Así mismo, el Artículo 8 del Código Civil establece que “La Costumbre en ningún caso tiene fuerza contra la Ley. No podrá alegarse el desuso para su inobservancia, ni práctica, por inveterada y general que sea”. 

Funciones de la Costumbre Mercantil:
Los tratadistas señalan tres funciones o clases de aplicación de la Costumbre Mercantil a saber: 


Función interpretativa: Tal como está establecido en el artículo 5 del Código, según el cual las costumbres sirven para determinar el sentido de las palabras o frases técnicas del comercio y para interpretar los actos y convenios mercantiles. 

Función integradora: Cuando una norma mercantil remite expresamente a la costumbre, de manera que esta viene a completar la norma, convirtiéndose en parte integrante de ella. Por ejemplo, en los artículos 827, 909, 912, 933, 935, 1050, 1170, 1217, 1297, inciso 2 y 1661 del Código de Comercio. 

Función normativa: Cuando la costumbre que reúne los requisitos del artículo 3 del Código de Comercio se aplica como regla de derecho a falta de norma mercantil expresa o aplicable por analogía. En este caso la costumbre colma los vacíos de la Ley y cumple así su función más importante. 





Tal como se establece en ese mismo artículo, debe ser reconocida. Este reconocimiento puede ser tanto local, como nacional, según los requisitos que ésta disponga. Debe ser probada según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil en su artículo 190, por medio de testimonios y pruebas auténticas, a través de dos decisiones judiciales idénticas que sean definitivas, o por medio de la certificación de la Cámara de Comercio correspondiente. 

"En este sentido, las Cámaras de Comercio se encargan de recopilar y certificar estas costumbres que se dan a nivel local y de los municipios que comprendan la jurisdicción. Realizados estos estudios, se procede a comprobar si la costumbre en cuestión recoge las condiciones para que sea confirmada como costumbre mercantil."



Fuentes:
https://es.wikipedia.org/wiki/Costumbre_mercantil
http://rbd2009dm.blogspot.com/2009/11/funcion-de-la-costumbre-mercantil-en-el.html

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